
La reciente reforma a la Ley de Propiedad Horizontal en Ecuador introduce cambios significativos en la administración de condominios y conjuntos residenciales. La normativa ahora faculta a las directivas de copropietarios a restringir el acceso a ciertas áreas comunes para quienes mantengan deudas prolongadas en el pago de alícuotas o cuotas de mantenimiento.
El objetivo principal es garantizar la sostenibilidad financiera de las comunidades, ya que la morosidad afecta directamente la limpieza, seguridad y mantenimiento de los espacios compartidos. Con esta reforma, los administradores podrán limitar el uso de áreas recreativas, salones comunales o estacionamientos, siempre que se respete el acceso a servicios básicos como agua, electricidad y vías de evacuación.
La medida busca incentivar el cumplimiento de obligaciones y fortalecer la convivencia, evitando que los copropietarios cumplidos carguen con los costos de quienes incumplen. Además, se establece un procedimiento claro para notificar a los morosos y ofrecer plazos razonables antes de aplicar restricciones.
Expertos en derecho inmobiliario destacan que esta reforma equilibra el derecho de propiedad con el deber de contribuir al bienestar colectivo. Sin embargo, advierten que las directivas deberán actuar con transparencia y apego a la ley para evitar abusos o conflictos internos.
En definitiva, la reforma marca un precedente en la gestión de comunidades residenciales, reforzando la corresponsabilidad y la disciplina financiera entre copropietarios










