El Ministerio de Turismo, en coordinación con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), recuerda a todos los viajeros que ingresen o salgan del país que el Formulario de Registro Aduanero (FRA) debe ser llenado únicamente por quienes transporten bienes que requieren declaración.
Esta obligación aplica a quienes movilicen:
Efectivo
Instrumentos negociables al portador
Metales y piedras preciosas
Siempre que el valor iguale o supere los 10.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otra moneda.
El FRA es una herramienta legal para prevenir el lavado de activos, establecida en el artículo 84 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos.
Si necesitas completar el formulario, accede directamente aquí:
https://www.aduana.gob.ec/…/formulario-de…/login
