Formulario de Registro Aduanero (FRA): obligatorio solo para bienes sujetos a declaración

El Ministerio de Turismo, en coordinación con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), recuerda a todos los viajeros que ingresen o salgan del país que el Formulario de Registro Aduanero (FRA) debe ser llenado únicamente por quienes transporten bienes que requieren declaración.

Esta obligación aplica a quienes movilicen:

💵 Efectivo

📄 Instrumentos negociables al portador

💎 Metales y piedras preciosas

Siempre que el valor iguale o supere los 10.000 dólares estadounidenses o su equivalente en otra moneda.

El FRA es una herramienta legal para prevenir el lavado de activos, establecida en el artículo 84 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos.

✍️ Si necesitas completar el formulario, accede directamente aquí:

https://www.aduana.gob.ec/…/formulario-de…/login

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